Ley Karin Nº 21.643

Modelo Ley Karin – N° 21.643

En IMT Servicios a la Minería, entendemos la importancia de un ambiente laboral seguro y respetuoso para todos nuestros trabajadores. A continuación, se describen algunas conductas inapropiadas y cómo las abordamos en nuestra empresa:

Conductas de Acoso Sexual
El acoso sexual ocurre cuando una persona realiza solicitudes de carácter sexual no deseadas, utilizando cualquier medio, que amenazan o perjudican la situación laboral o las oportunidades de empleo de quien las recibe.

Ejemplos:
– Contacto físico no consentido.
– Propuestas verbales de índole sexual.
– Regalos con insinuaciones románticas no aceptados.
– Correos electrónicos o cartas personales con contenidos sexuales, entre otros.

Conductas de Acoso Laboral
El acoso laboral incluye cualquier acto de agresión o hostigamiento por parte del empleador o de uno o más trabajadores contra otros empleados, que se manifiesta una sola vez o de manera reiterada, y que resulta en menoscabo, maltrato, humillación o amenaza a la situación laboral o las oportunidades de empleo del afectado.

Ejemplos:
– Envío repetitivo de correos electrónicos, mensajes de texto u otras comunicaciones digitales que atenten contra la dignidad de una persona.
– Sobrecargar a una persona con una cantidad excesiva de trabajo de manera selectiva.
– Ignorar o excluir a una persona, hablando solo a una tercera persona presente, simulando su no existencia en la oficina o en reuniones.

Violencia en el Trabajo
La violencia en el trabajo se refiere a aquellas conductas ejercidas por terceros ajenos a la relación laboral que afectan a los trabajadores durante la prestación de servicios, como clientes, proveedores u otras personas externas.

Ejemplos:
– Golpes, maltratos o insultos por parte de terceros no colaboradores de la institución.

En IMT Servicios a la Minería, nos comprometemos a prevenir y abordar cualquier tipo de conducta inapropiada para asegurar un ambiente de trabajo seguro y respetuoso para todos nuestros empleados.